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Normas Orgánicas que establecen potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución o tarea
Fuente legal Fecha Enlace a la publicación (o archivo) correspondiente
Crear y planificar, coordinar , promover, estimular la organización de los jardines infantiles.Ley N° 17.301 Crea Corporación Junta Nacional de jardines Infantiles y sus modificaciones correspondiente. Art. 122/04/1970Documento
Se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Educación.Ley N° 17.301 Crea Corporación Junta Nacional de jardines Infantiles y sus modificaciones correspondiente Art. 2 22/04/1970Documento
Son jardines infantiles los establecimientos educacionales que atienden niños durante el día, hasta la edad de su ingreso a la Educación General Básica...Ley N° 17.301 Crea Corporación Junta Nacional de jardines Infantiles y sus modificaciones correspondiente Art. 3 22/04/1970Documento
De la Organización, Administración y Atribuciones: Representar legal y oficalmente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.Ley N° 17.301 Crea Corporación Junta Nacional de jardines Infantiles y sus modificaciones correspondiente Art. 4- 10 22/04/1970Documento
La atención educacional en los jardines estará a cargo de educadores de párvulos. Dicha atención la realizarán con la colaboración de auxilares debidamente preparados.Ley N° 17.301 Crea Corporación Junta Nacional de jardines Infantiles y sus modificaciones correspondiente Art. 11-15 22/04/1970Documento
Velar por el cumplimiento de las normas sobre protección a la maternidad.Código del Trabajo, artículos 194 a 208 31/07/2002 Documento
Atender las postulaciones que realicen los funcionarios y las funcionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para acceder a la bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro, en los términos establecidos en la ley y demás normas correspondientes.Ley N° 21.003, del 10 de abril de 2017, del Ministerio de Educación, Extiende los beneficios de la Ley Nº 20.948 a los funcionarios y funcionarias de la junta Nacional de Jardines Infantiles, establece normas específicas para el incentivo de la Ley Nº 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho servicio Art. 1°, de las disposiciones transitorias. 21/04/2017 Documento
Supervisar y controlar el correcto uso de los recursos destinados al pago de la asignación de estudiantes, sostenedores y trabajadores de la educación, tales como director, educador de párvulos, técnico de educación parvularia, administrativo y auxiliar en los establecimientos de educación parvularia, financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles vía transferencia de
Fondos.
Ley N° 20.905, del 09 de febrero de 2016, del Ministerio de Educación, que regulariza beneficios de estudiantes, sostenedores y
trabajadores de la educación en los establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles vía transferencia de fondos ; Art. 3.
15/02/2016 Documento
Certificar, a requerimiento del Ministerio de Educación, el cumplimiento para obtener el reconocimiento del Estado,  respecto de establecimientos que impartan exclusivamente Educación Parvularia.

D.F.L. Nº 2 de 2009 del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº20.370 con las normas no derogadas del D.F.L. Nº 1, de 2005, del mismo Ministerio, artículo 9º transitorio en relación con su artículo 46.

02/07/2010 Documento
Administrar y transferir de manera mensual los recursos destinados para el pago de la asignación para el personal que se desempeña en las funciones de director, educador de párvulos, técnicos de educación parvularia, administrativo y auxiliar, en los establecimientos de educación parvularia financiados por la junta Nacional de Jardines Infantiles a que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 20.905.


DS N° 230, del 28 de julio de 2016, del Ministerio de Educación, que Reglamenta asignación para el personal que se desempeña en las funciones de director, educador de párvulos, técnicos de educación parvularia, administrativo y auxiliar, en los establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles a que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 20.905 Art. 6°. 27/10/2016 Documento
Certificar, a requerimiento del Ministerio de Educación, el cumplimiento para obtener el reconocimiento del Estado,  respecto de establecimientos que impartan exclusivamente Educación Parvularia.

D.S. Nº 315 de 9 de agosto de 2010, del Ministerio de Educación, que reglamenta requisitos de adquisición,
mantención y pérdida del reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media.

09/08/2010Documento
Transferir recursos a entidades públicas o privadas que creen, mantengan y/o administren jardines infantiles, que brinden educación parvularia integral a niños y niñas en situación de pobreza y/o vulnerabilidad social.D.S. Nº 67 de 27 de enero de 2010, del Ministerio de Educación, que reglamenta partida 09, capítulo 11, programa 01, subtítulo 24, ítem 03, asignación 170, glosa 04, de la Ley de Presupuestos del sector Público para el año 2010, en relación con partida 09, capítulo 11, programa 01, subtítulo 24, ítem 03, asignación 170, glosa 04, de la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del sector Público para el año 2011. 27/01/2010

Documento

Entregar información relativa a la publicidad en la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado Artículo 3°, Ley 20.730 26/09/2017 Resolución Exenta 565 del 26/09/2017
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